En julio de 2016, Filipinas ganó una batalla que casi ningún país pequeño se atrevería a librar contra una gran potencia: llevó a China ante un tribunal arbitral constituido bajo la Convención de la ONU sobre el Derecho del Mar (UNCLOS) y obtuvo un fallo abrumadoramente favorable. Diez años después, la paradoja sigue intacta. El laudo es una victoria jurídica contundente, pero el cumplimiento por parte de Pekín ha sido, en la práctica, nulo. Aun así, su efecto se ha desplazado en lugar de desaparecer. Hoy pesa menos como instrumento para “cambiar hechos” sobre el agua y más como marco de lenguaje, legitimidad y coaliciones. Por eso, tras esta primera década, el laudo se parece a una brújula moral y legal que sigue orientando la política filipina y la forma en que terceros evalúan el mar de China Meridional, incluso cuando la realidad operativa sigue dominada por la fuerza.
Lo que el tribunal decidió y por qué fue tan disruptivo
El 12 de julio de 2016, el tribunal arbitral del caso iniciado por Filipinas contra China, constituido bajo el Anexo VII de UNCLOS, emitió un laudo final y vinculante. La clave, sin embargo, es entender qué resolvió y qué no. El tribunal evitó deliberadamente pronunciarse sobre soberanía territorial sobre islas o delimitar fronteras marítimas, centrándose en derechos y obligaciones bajo UNCLOS, y ahí fue donde desmontó el corazón de la narrativa china.
Primero, el laudo concluyó que la “línea de nueve trazos” y los supuestos “derechos históricos” de China sobre grandes porciones del mar de China Meridional no tienen base jurídica bajo UNCLOS. Es decir, China no podía invocar un mapa histórico para reclamar recursos o control más allá de lo que UNCLOS permite mediante mar territorial, zona contigua, ZEE o plataforma continental.
Segundo, el tribunal abordó la cuestión que determina la geometría de las disputas: qué características marítimas generan qué derechos. Dictaminó que ninguna de las características relevantes del archipiélago en disputa, incluidas las de las Spratly, podía calificarse como “isla” capaz de generar una ZEE de 200 millas. En el mejor de los casos eran “rocas” con derecho a un mar territorial de 12 millas. Esa interpretación reducía drásticamente el espacio jurídico para reclamaciones maximalistas.
Tercero, el tribunal consideró que China había violado los derechos soberanos de Filipinas dentro de su ZEE, por ejemplo, al interferir con pesca y exploración de hidrocarburos, además de señalar daños al medio marino asociados a actividades como la construcción y la protección insuficiente frente a prácticas destructivas. En otras palabras, no se trataba solo de mapas, sino de conducta.
La reacción china fue frontal. Pekín rechazó el proceso, no compareció y declaró el laudo “nulo y sin efecto”. Sin embargo, el punto jurídico decisivo es que el laudo era final y vinculante para ambas partes bajo el mecanismo arbitral de UNCLOS, aunque su ejecución dependiera, como ocurre a menudo en derecho internacional, de la voluntad política y del coste reputacional.
Cumplimiento cero, pero no irrelevancia cero
La década posterior confirmó el límite clásico del derecho internacional, en el que queda dictaminado que si una potencia decide ignorar un fallo, la sentencia no se convierte mágicamente en policía marítima. Sin embargo, también confirmó otro fenómeno menos visible, pues ese fallo puede cambiar el terreno simbólico en el que se disputa el poder.
En China, el comportamiento básico no se reorientó hacia el cumplimiento. Al contrario, el país siguió defendiendo su narrativa, reforzó su presencia marítima y construyó hechos. Además, el imaginario cartográfico de la “línea” se adaptó. En 2023, China publicó un mapa de su representación geográfica oficial que incorporaba una “décima raya”, un movimiento interpretado como actualización política del reclamo, y que varios analistas leyeron como señal de endurecimiento simbólico.
Así que, si medimos el éxito por el cambio de conducta china, el balance es decepcionante. Pero si medimos el éxito por el cambio de marco discursivo, este se vuelve mucho más complejo. Porque desde 2016 la frase “derechos históricos” ya no circula con la misma facilidad, y gobiernos, expertos y comunicados que antes evitaban entrar en el terreno jurídico comenzaron a incorporar una idea sencilla: un tribunal bajo UNCLOS declaró que esa base no existe. Este cambio de lenguaje es un coste real, aunque sea indirecto, para la estrategia de legitimación de Pekín.
Filipinas: de la ambivalencia de Duterte al anclaje de Marcos Jr.
El recorrido filipino no fue lineal. Tras la victoria legal, la política interna convirtió el laudo en un activo disputado. Bajo Rodrigo Duterte, la estrategia fue, durante años, una especie de desactivación, pues se buscó un acomodo táctico con China, se evitó la confrontación abierta y se insinuó que el laudo podía quedarse “en la estantería” si a cambio llegaban inversiones y proyectos. Ese enfoque pretendía templar los ánimos, aunque también proyectó debilidad y generó frustración entre sectores que veían el laudo como un tesoro diplomático desperdiciado.
El giro se consolidó con Ferdinand Marcos Jr. La Cancillería filipina empezó a tratar el laudo como piedra angular de la política marítima nacional. En el noveno aniversario, en 2025, el Ministerio de Asuntos Exteriores declaró que el laudo está arraigado en la jurisprudencia internacional, y subrayó que ha sido citado por tribunales internacionales, reforzando su legitimidad y finalidad. Ese lenguaje no es casual, pues buscaba convertir la victoria jurídica en una verdad institucional, más resistente a vaivenes políticos domésticos.
El argumento filipino de 2025 también revela por qué el laudo sigue vivo en 2026. Manila sostiene que el fallo es un documento bilateral precedente útil para Estados que enfrentan reclamaciones marítimas maximalistas. Además, presenta la disputa como defensa del orden jurídico marítimo y no como pelea local. En un entorno de rivalidad China-Estados Unidos, esa narrativa permite a Filipinas atraer apoyo sin parecer que solo persigue interés propio, aunque de hecho lo persigue.
Patrullas, protestas y alianzas: la “segunda vida” del laudo
La segunda vida del laudo se expresa en política práctica. No ha detenido las acciones chinas, pero sí ha permitido a Filipinas construir un marco para responder. Primero, Manila multiplicó notas verbales y protestas diplomáticas, con el argumento de que la conducta china no viola “una interpretación filipina”, sino una decisión vinculante de un tribunal de UNCLOS. Ese matiz importa porque transforma un incidente en un caso de incumplimiento del orden jurídico.
Segundo, el laudo se convirtió en base para justificar cooperación de seguridad. Cuando Filipinas intensifica patrullas o ejercicios con socios, puede enmarcarlo como defensa de derechos clarificados por un tribunal, en lugar de presentarlo como mera respuesta militar. Esa “cobertura legal” es útil en política exterior, porque reduce el coste de pedir apoyo.
Tercero, el laudo ha influido en cómo terceros países “leen” el mar de China Meridional. No únicamente porque actúen en consecuencia de forma uniforme, también porque el laudo ofrece una vara de medir. La visión sobre China acerca de esta soberanía ha cambiado mucho durante esta década, con un 2016 en el que muchos actores evitaban elegir palabras que molestaran a China, un escenario actual en el que es más habitual ver referencias a UNCLOS, a derechos soberanos dentro de la ZEE y a la invalidez de reclamos históricos.
ASEAN: unidad limitada, anclaje jurídico creciente
ASEAN nunca convirtió el laudo en una postura común contundente, ya que el bloque opera por consenso y contiene Estados con intereses y dependencias distintas respecto a China. Sin embargo, el laudo sí dejó una huella en un proceso clave como fue la negociación del Código de Conducta (CoC) entre China y ASEAN. La existencia del laudo complica el CoC porque introduce una referencia implícita a lo que es compatible con UNCLOS. Al mismo tiempo, China intenta minimizar cualquier mención al fallo, mientras que Filipinas y otros Estados ribereños desean que el CoC no contradiga el laudo.
La política regional de 2026 muestra ese tira y afloja. Reuters informó en enero de 2026 de que ASEAN está en la fase final de negociaciones del CoC y existe esperanza de cerrar el texto hacia finales de 2026. La noticia aparecía en un contexto distinto, pero el detalle es revelador: el CoC sigue siendo el gran recipiente institucional donde se intenta “gestionar” el conflicto, y el laudo de 2016 permanece como sombra jurídica difícil de borrar.
En este punto, el laudo funciona como anclaje incluso cuando no se cita. Si el CoC se redacta en términos que sugieran “derechos históricos” o normalicen prácticas incompatibles con UNCLOS, chocará con el marco interpretativo que el laudo consolidó. Si, por el contrario, se redacta en términos compatibles con UNCLOS, entonces el laudo habrá influido indirectamente en la arquitectura regional.
Derecho internacional: un precedente que no ejecuta, pero sí define
Tras una década sobre la mesa, cabe reflexionar acerca de si el laudo “sirvió” de algo, y aquí la interpretación juega un papel clave. Si esperamos que una sentencia obligue a una potencia a retirarse, la conclusión es pesimista, pero si entendemos el derecho como herramienta que define legitimidad, alinea discursos y ofrece una base para coaliciones, entonces el laudo tiene una eficacia distinta.
La Cancillería filipina insiste en este punto al subrayar que el fallo se ha integrado en la jurisprudencia internacional y ha sido citado por tribunales como ITLOS y la Corte Internacional de Justicia en decisiones posteriores, un argumento destinado a mostrar que el laudo no es un artefacto aislado, sino parte de un cuerpo interpretativo en expansión.
Esa expansión tiene efectos prácticos y reduce el espacio para narrativas maximalistas basadas en mapas unilaterales, al menos en el plano normativo. Además, ofrece herramientas a otros Estados para formular protestas y notas verbales con lenguaje más robusto, así como aumenta el coste reputacional de ignorar el fallo, aunque ese coste sea insuficiente para cambiar la conducta.
Los costes colaterales: militarización y la trampa de la rivalidad
El laudo llegó en un momento en que la rivalidad estratégica entre Estados Unidos y China se estaba acelerando. Por eso, con los años, el fallo se integró en una narrativa más amplia de “orden basado en reglas” frente a “hechos consumados”. Esto ha permitido a Filipinas movilizar apoyo, pero también ha reforzado la percepción china de cerco. De este modo, el laudo ha convivido con una dinámica de militarización y de acción-reacción en el mar.
Este es uno de los límites más delicados. La sentencia ofrece legitimidad, pero no ofrece desescalada automática. En oposición, puede facilitar una política de refuerzo, porque da cobertura jurídica. Y, aunque esa cobertura sea coherente con el derecho, en el terreno de la percepción estratégica alimenta la espiral.
El laudo de 2016 fue una victoria jurídica excepcional para Filipinas y un golpe directo a la base legal de los “derechos históricos” chinos bajo UNCLOS. Sin embargo, el cumplimiento chino ha sido esencialmente nulo. Aun así, el fallo ha tenido efectos duraderos: ha reconfigurado el lenguaje diplomático, ha dado a Manila un activo para galvanizar alianzas y protestas, y ha ofrecido a terceros un marco para interpretar el mar de China Meridional.
Su capacidad de expulsar barcos no ocupa la primera línea de efectividad de este acuerdo, ya que gana enteros en el ámbito de fijar legitimidad. Es la prueba de que el derecho internacional, frente al poder, no siempre impone conducta, pero sí puede imponer costes, definir narrativas y ofrecer herramientas de resistencia estratégica. Y, en un mar donde la disputa se libra tanto con guardacostas como con palabras, esa es una forma de victoria que, aunque incompleta, sigue teniendo peso.